sábado, 3 de mayo de 2008

IRPF 2007, la hora de la verdad

Sí, ya ha empezado el plazo para presentar la declaración de la renta del año 2007. Desde hace días, la Iglesia católica nos hace llamamientos publicitarios para que pongamos la crucecita en la casilla que le otorga el dinero de su financiación. Nunca lo he hecho y este año tampoco.

Primero
, porque no soy católico.

Segundo
, porque los impuestos sirven para sufragar los gastos del Estado, no de una entidad privada o Estado soberano extranjero (la Santa Sede o Estado Vaticano). Dice el artículo 31.1 de la Constitución que "Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio." Gasto público, no privado.

Tercero
, porque el "Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre asuntos económicos" de 1979 dispone en su artículo Primero: "La Iglesia Católica puede libremente recabar de sus fieles prestaciones, organizar colectas públicas y recibir limosnas y oblaciones". Y en el Segundo, párrafo 5: "La Iglesia Católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades". El primer artículo lo ejerce sin problemas e incluso respecto de quienes no somos fieles, el segundo lo incumple sistemáticamente.

Cuarto
, porque las entidades de la Iglesia que se dedican a "servicios sociales" (sanidad, atención a ancianos, inmigrantes, "sin techo", esas que usan sus defensores como un sustituto del estado, para defender su financiación) ya disponen de beneficios fiscales y de subvenciones, tanto del Estado, Comunidades Autónomas y Administraciones Locales, para su funcionamiento.

Quinto
, porque no estoy de acuerdo con que con mi dinero se pague el sueldo de los que adoctrinan a los escolares en su religión y visión moral. Y este dinero no sale de esa asignación tributaria, sino del resto de los ingresos del Estado, en contra de lo que dispone la Constitución. Esto conculca mi derecho a educar a nuestros hijos según nuestras convicciones religiosas y morales (art. 27.3 de la Constitución). (Por cierto, ¿podría ejercer la objeción de conciencia fiscal, en este caso y por este motivo, según las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía?, ¿Me lo admitirían?...).

Y podría decir más para no poner esa crucecita allí, y sí para ponerla donde lo he hecho siempre, en A FINES SOCIALES. Os dejo con este video de la campaña de la SEXTA, lo resume claramente. ¡Anímate!


1 comentario:

  1. Yo tampoco. Y no sé que pinta esa casilla allí. No tendría que estar.

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