En diciembre de 2007, siendo todavía muy joven este blog, escribí esto, que reproduzco en su integridad:
"Canon digital
Yo soy autor de este blog, para hacerlo necesito material que estará gravado por el canon de marras. Éste retribuirá a los autores asociados a la SGAE. Yo, como no estoy asociado, no cobraré. Pues, Miguel Ríos, Miguel Bosé, Ana Belén o los herederos de Fernando Vizcaíno Casas, se llevarán el producto de MI OBRA DE CREACIÓN. Y yo pagaré por crear (sin ver un euro de beneficio por ello), a otros que ya cobran mucho por sus derechos de autor. Esto es lo más parecido que veo a la esclavitud: trabajar gratis para otro, que se queda el fruto de tu trabajo, y sin ningún derecho propio, pues te quitan hasta tu patrimonio (ya que tienes que pagar). ¿Quién reparará esta injusticia?"
Es decir, ya me pronuncié entonces contra el canon digital, a pesar de haberlo implantado el gobierno de mi partido. Hice luego varias aportaciones al debate sobre el canon, siempre en la línea contraria a éste, porque debe de haber otra forma de compensar a los autores que sea justa. Incluso he dado mi opinión sobre la mal llamada Ley Sinde. Por eso mi postura está clara.
Hoy la Audiencia Nacional ha declarado nula la Orden ministerial que regula las tarifas del canon digital, por ser ésta un reglamento y haber "olvidado" el ministerio varios trámites para su elaboración: falta informe preceptivo del Consejo de Estado y tampoco existen memoria justificativa ni memoria económica. Defectos de forma, una reiterada argumentación de muchos recurrentes de los actos administrativos. Solo que en este caso, al tratarse de una norma (una disposición de carácter general que afecta a todos), el defecto, o, más bien, los tres defectos, son causa de nulidad de pleno derecho de la norma.
Es obvio que se trata de una victoria "indirecta" de los contrarios al canon, pero, a fin de cuentas, una victoria, que deja sin efecto el cobro de la dichosa tasa, que encarece los productos que compramos y que presupone la utilización ilegítima de éstos. Ya hubo una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo que declaró inaplicable el canon a empresas y administraciones públicas, por ser contrario a la legislación europea. La llamada Ley Sinde, aprobada en última instancia por PSOE, PP y CiU, recoge una disposición que trata de salvar este fallo:
"Disposición adicional nueva. Modificación de la compensación equitativa por copia privada.
"El Gobierno, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, mediante Real Decreto y con plena conformidad al marco normativo y jurisprudencial de la Unión Europea, procederá a modificar la regulación de la compensación equitativa por copia privada”.
Así que ya esta orden impugnada estaba "coja" y en espera de reforma por Real Decreto. Ahora con el fallo de la Audiencia Nacional es urgente replantearse el asunto. Sobre todo por las controversias que no han dejado de ensuciar el debate. No estaría nada mal que el gobierno fuese más sensible a la opinión de los consumidores, además de la de los autores (normalmente de otros productos, que es la que se ha tenido en cuenta solo), para llegar por fin a un punto de encuentro justo para todos. Veremos si pasa.
Me alegro enormemente de que hayan dejado de considerarnos delincuentes potenciales a los que se cobra para reparar sus futuras fechorias. Y me alegro aún más de que dejen de timarnos cobrándonos un dinero cuyo reparto no veo yo muy transparente.
ResponderEliminarYO también me alegro, Quinto Forajido. Pero me temo que seguirán en la brecha los de siempre para cobrar sin hacer nada.
ResponderEliminarUn Aficionado, Schevi estoy de acuerdo contigo, el canon tal y como esta planteado esta mal. Yo mismo por mi aficion a la informatica, video y fotografia, tengo q pagar el dichoso canon por un hdd, una memoria, una impresora, ... cuando el material q se almacenara en el es propiedad mia, en este caso el dinero del canon no tendria q llegarle a nadie o volver a mi. No es justo q este pagando el canon por tener una aficion.
ResponderEliminarOtra cuestion, si este canon deja de ser legal nos devolveran el importe del canon a cada uno, o se lo quedaran ramoncin y compañia?
Respecto a tu pregunta, Aficionado, te contesto que la sentencia no entra en esa cuestión de la devolución de lo pagado hasta ahora, por ser una cuestión civil (se paga a los vendedores, aunque éstos tengan que pagar a autores) y el tribunal sentenciador es el contencioso administrativo de la Audiencia. Así que no ordena nada. Me temo que cada consumidor de productos con canon debería reclamar la devolución, cosa que hace casi inconveniente ésta, por ser fe baja cuantía. Una pena.
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