SECCIÓN 1.ª DE LAS ESTAFAS
Artículo 248.
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
¿Por qué me sonará tanto esto a la explicación de la crisis, por la hipotecas subprime, que comentaban ciertos humoristas, como publiqué el mes pasado?
No hay comentarios:
Publicar un comentario