martes, 20 de diciembre de 2016

Los discapacitados y sus trabas para contraer matrimonio


Hace unos años comentamos la intención del gobierno de Rajoy, siendo ministro Ruiz Gallardón, de implantar el "divorcio notarial". Me extrañaba (o más bien comentaba con sarcasmo) esa idea de facilitar el divorcio en un gobierno claramente confesional, y que, por ello, debiera estar en contra del divorcio. Lo achacaba más bien a los intentos de buscar nuevos "nichos de negocio" a los notarios (como también se los estaban buscando a los registradores, los colegas de Rajoy) tras la pérdida de ingresos por la crisis, sobre todo inmobiliaria.

Reformaron el Código Civil para, por ejemplo, permitir que los notarios pudiesen celebrar los matrimonios, además de los jueces, alcaldes, concejales y funcionarios diplomáticos y consulares en el extranjero. Ahora nos hemos enterado, por una denuncia de las federaciones de asociaciones de discapacitados, que las reformas legislativas han ido más allá. Concretamente reformaron también el Código Civil para cambiar el artículo 56, relativo al expediente necesario para acreditar que se tienen los requisitos legales para contraer matrimonio. En él han incluido un párrafo enormemente polémico. Dice así: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento."

Antes (todavía en la regulación actual, pues hasta junio de 2017 no entra en vigor la reforma) decía así: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento." Una normativa que puede ser dudosa, pero que no ha provocado conflictos de consideración, pues solo hace referencia a deficiencias psíquicas que pueden viciar el necesario consentimiento. 

Con la nueva redacción los discapacitados sensoriales han puesto el grito en el cielo, pues les afecta de lleno, exigiéndose, por ejemplo, que quien padezca sordera necesite el dictamen para casarse, cuando esa deficiencia no afecta al consentimiento matrimonial que ha de prestarse. Lo mismo le pasará a un ciego. Además de ser dudoso eso de las deficiencias intelectuales. Aquí el legislador se ha pasado de rosca, presumiendo la invalidez del consentimiento para todos los discapacitados no físicos. Algo arcaico y contrario a los derechos de personas, que, aunque tengan taras (¿y quién no las tiene? yo tengo gafas por deficiencia visual y plantillas en mis pies) y por ello son clasificados como discapacitados (no inválidos, que tiene una connotación negativa), sí pueden gobernarse con la misma (y algunas veces con más) autonomía que las personas que son consideradas "normales", incluso aunque esa discapacidad sea intelectual (pensemos, valga el ejemplo, en los grandes profesionales que conocemos por los medios de comunicación que tienen síndrome de Down)

En fin, otra de las brutalidades que trajo como consecuencia la feroz actividad legislativa que padeció el PP antes de las elecciones, para presentarse al electorado con los "deberes hechos",  pero que no les sirvió de nada pues le provocaron la pérdida de la mayoría absoluta. Legislar a toda prisa, a tontas y a locas, trae malos resultados.

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